Deuda prescrita en ASNEF: qué es y cómo reclamar
6 min de lectura · junio 2026
Muchas personas llevan años apareciendo en ASNEF por deudas antiguas que, desde el punto de vista legal, ya no existen. Esto se llama prescripción, y la ley es muy clara al respecto: una deuda prescrita no puede justificar tu presencia en un fichero de morosos. Si es tu caso, no solo tienes derecho a que te borren, sino también a reclamar una indemnización.
¿Qué es la prescripción de una deuda?
La prescripción es un mecanismo jurídico por el que una obligación de pago pierde su exigibilidad legal cuando transcurre un determinado plazo sin que el acreedor la haya reclamado judicialmente. En términos sencillos: si el acreedor no ha actuado para cobrar la deuda durante el tiempo que marca la ley, la deuda "caduca" y ya no puede exigírtela.
En España, el plazo general de prescripción para la mayoría de las deudas personales y comerciales es de 5 años, según el artículo 1964 del Código Civil (reformado en 2015). Antes de esa reforma el plazo era de 15 años, pero desde octubre de 2015 se aplica el plazo de 5 años para los contratos firmados a partir de esa fecha, y el plazo reducido progresivamente para los anteriores.
Importante sobre el cómputo del plazo: Los 5 años se cuentan desde que la deuda se volvió exigible (es decir, desde que venció el plazo de pago sin que abonases). Cualquier reclamación extrajudicial fehaciente por parte del acreedor interrumpe el plazo y lo reinicia desde cero. Sin embargo, muchas empresas solo envían cartas o llaman por teléfono, lo que en muchos casos no interrumpe válidamente la prescripción.
¿Qué dice la ley sobre deudas prescritas en ficheros de morosos?
La Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), en su artículo 20, establece que solo pueden incluirse en ficheros de morosos deudas que sean "ciertas, vencidas y exigibles". Una deuda prescrita no es exigible, por lo que su inclusión en ASNEF, Badexcug o RAI es directamente ilegal.
Además, el mismo artículo fija un plazo máximo de permanencia en el fichero de 5 años desde el vencimiento de la deuda, aunque la deuda no haya prescrito. Esto significa que incluso si la deuda fuera legítima, no podrían mantenerte en el fichero indefinidamente.
En la práctica, muchas empresas no eliminan los registros de forma proactiva cuando la deuda prescribe o cuando se supera el plazo máximo de permanencia. Confían en que los afectados no lo sabrán o no reclamarán.
Cómo saber si tu deuda está prescrita
Para determinar si tu deuda ha prescrito necesitas conocer:
- La fecha exacta en que venció el plazo de pago (fecha de impago)
- Si el acreedor ha realizado alguna reclamación fehaciente (burofax, requerimiento notarial o demanda judicial) que haya interrumpido el plazo
- El tipo de deuda y el contrato original, ya que algunos contratos especiales tienen plazos distintos
Puedes obtener la fecha de inclusión en ASNEF solicitando tu informe a Equifax. También puedes pedir a la empresa acreedora toda la documentación relativa a la deuda. Si no conservas los contratos originales, la empresa está obligada a facilitártelos si los solicitas formalmente.
Jurisprudencia relevante: El Tribunal Supremo y diversas Audiencias Provinciales han confirmado en múltiples sentencias que mantener a una persona en un fichero de morosos por una deuda prescrita constituye una vulneración del derecho al honor y a la protección de datos, con obligación de indemnizar. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) también ha sancionado reiteradamente a empresas por esta práctica.
Qué hacer si tu deuda está prescrita
El proceso para reclamar cuando tu deuda está prescrita sigue estos pasos:
- Documenta la situación: obtén tu informe de ASNEF, recaba la documentación de la deuda y calcula el plazo de prescripción.
- Reclamación ante la empresa: envía un burofax a la empresa acreedora indicando que la deuda está prescrita, que su inclusión en el fichero es ilegal y exigiendo tu baja inmediata.
- Reclamación ante Equifax: si la empresa no actúa, puedes reclamar directamente ante el gestor del fichero para que elimine el registro.
- Denuncia ante la AEPD: puedes presentar una denuncia gratuita ante la Agencia Española de Protección de Datos, que podrá sancionar a la empresa.
- Demanda civil: para obtener la indemnización económica es necesario acudir a la vía judicial. Aquí es donde un abogado especializado marca la diferencia.
¿Cuánto puedes reclamar en estos casos?
Las indemnizaciones por inclusión en ASNEF por deuda prescrita suelen situarse entre 1.500 y 3.000 euros en casos estándar. Si puedes acreditar daños concretos (hipoteca denegada, préstamo rechazado, pérdida de negocio), la indemnización puede superar los 4.000 o 5.000 euros. Los tribunales tienen en cuenta tanto el tiempo que llevas en el fichero como los perjuicios económicos y morales que has sufrido.
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